En las últimas dos décadas se ha venido implantando en los estados miembros de la Unión Europea una red ecológica de espacios naturales protegidos, denominada Red Natura 2000, dentro de la cual se encuentran las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPAS). En Extremadura, cincuenta y cinco territorios fueron “declarados” ZEPAS, lo que ha conllevado importantes limitaciones en el desarrollo económico y social de la región.
Es bien sabido -sobre todo por los contratistas- que desde el pasado año la subida de precios en la construcción ha venido a colocar los contratos públicos, especialmente los de obras y los de suministros, en un escenario caótico, ante una realidad simplemente no prevista por sus normas reguladoras.
En tiempo de precios convulsos, como es el que nos encontramos desde hace algo más de un año, en negocios como el de la promoción inmobiliaria, en los que las operaciones están diferidas en el tiempo en cuanto al cumplimiento, puede alterarse sustancialmente el equilibrio entre las partes.
El próximo 28 de enero entrará en vigor el Reglamento General de la LOTUS (Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura) aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de diciembre y publicado en el DOE una semana después.
A expensas del estudio profundo que el texto merece, podemos ya destacar su ajustada y relevante denominación, pues en efecto se trata de un reglamento general, que no integral, de la LOTUS aprobada en 2018.
El nuevo reglamento promulgado ofrece un desarrollo normativo de la Ley que se extiende prácticamente a todos los elementos relevantes por ella regulados y, en particular, tanto respecto del régimen urbanístico del suelo, como sobre planeamiento territorial y urbanístico, sobre gestión y sobre disciplina.
Tras el revuelo ocasionado por la sentencia del TC de 26 de octubre de 2021 y como venían anunciando miembros del Gobierno en los últimos días, hoy se ha publicado el Real Decreto-Ley 26/2021, de 8 de noviembre (RD Ley 26/2021), por el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) a la reciente sentencia del TC, de 26 de octubre; sentencia que declaraba nulos los artículos 107.1. segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 de dicha Ley sobre el cálculo de la base imponible del Impuesto de plusvalía municipal.
Decía Heráclito que todo fluye, y quizás lo que percibimos hoy es que todo fluye muchísimo más rápido, y que hasta termina por fluir incluso lo aparentemente más estático, como los mismos inmuebles. Dudo que alguien ignore a estas alturas lo que significa el anglicismo de raíz latina “coliving”; se trata del resultado del cambio constante en las nuevas modalidades de alojamiento, habitación… no sé si debo atreverme a escribir vivienda.